
El código de vestimenta de la empresa es exigible a todos los trabajadores, que pueden ser sancionados e incluso despedidos si no cumplen con el mismo. Los límites que abarca no están claramente precisados en la legislación, por lo que han sido objeto de varios contenciosos jurídicos. En general, los márgenes son bastante amplios: se puede prohibir determinada indumentaria (zapatillas de deporte, camisetas de tirantes o tatuajes y piercings), establecer unas normas básicas de maquillaje y exigir que la barba esté bien cuidada, que el pelo no esté demasiado largo y que no se tiña de algún color demasiado llamativo. Sin embargo, las polémicas más recientes han venido a raíz de la desigualdad entre hombres y mujeres. En mayo de 2015, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la sanción a una guía de Patrimonio Nacional que se negó a ponerse uniforme y llevar tacones por considerarlo "sexista" e "inapropiado para su dignidad". La sentencia establecía que había trato discriminatorio debido a que a los hombres sí se les permitía llevar zapato plano para realizar las mismas funciones. Se trata por tanto de un aspecto al que los dueños del negocio deben prestar especial atención al establecer el código de vestimenta de la compañía.